Quién tiene derecho a la tarjeta sanitaria europea
Todos los ciudadanos de la Unión Europea, así como los de Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein pueden tener acceso a la Tarjeta Sanitaria Europea.
Esta tarjeta es totalmente gratuita, personal e intransferible, y garantiza a su titular el derecho a que pueda recibir atención sanitaria sin coste y en las mismas condiciones que los nacionales del país en que se encuentren durante una estancia temporal por motivo de trabajo, estudio o turismo. Es muy fácil solicitarla y a continuación te indicamos quién tiene derecho a la Tarjeta Sanitaria Europea.
Requisitos para obtener la Tarjeta Sanitaria Europea
Para tener acceso a una Tarjeta Sanitaria Europea, la persona solicitante debe formar parte del sistema de Seguridad Social español, o de cualquiera de los países dentro del ámbito de la Unión Europea.
En nuestro país podrán solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea todas las personas integradas en la Seguridad Social, así como su cónyuge, hijos y personas dependientes.
Debe tenerse en cuenta que cada miembro de la unidad familiar deberá tener su propia Tarjeta Sanitaria Europea. Veamos los distintos supuestos en que puede tenerse acceso a la Tarjeta Sanitaria Europea.
Quién tiene derecho a la Tarjeta Sanitaria Europea
Afiliados a la Seguridad Social
Podrán pedir la Tarjeta Sanitaria Europea todas aquellas personas que trabajen por cuenta ajena y estén dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social o en cualquiera de sus regímenes especiales, así como personas que trabajen por cuenta propia como autónomos inscritos en el RETA.
Pensionistas del sistema de Seguridad Social y desempleados
También podrán solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea las personas que perciban, con cargo a la Seguridad Social, bien una pensión por jubilación o incapacidad, o bien una prestación o subsidio por desempleo.
Menores de 26 años que no han trabajado nunca
Los menores de 26 años que no hayan causado alta como trabajadores en la Seguridad Social podrán solicitar su propia Tarjeta Sanitaria Europea a través de la cobertura de la de sus padres o tutores legales.
Estudiantes y Erasmus
Al igual que en apartado anterior, los estudiantes y becarios del programa Erasmus no solo tendrán derecho a que se les expida la Tarjeta Sanitaria Europea, sino que estar en posesión de esta será requisito necesario para poder viajar al lugar donde vaya a cursar sus estudios.
Trabajadores con contrato temporal
En este supuesto, el Estado español, contraviniendo las normas europeas que sí reconocen su derecho a solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea, está otorgando a los trabajadores temporales o en práctica un Certificado Provisional Sustitutorio que garantiza cobertura médica por un plazo de 90 días.
Desempleados que han agotado su prestación o subsidio
A los desempleados que no perciban prestación o subsidio tampoco se les otorgará la Tarjeta Sanitaria Europea, sino el Certificado Provisional Sustitutorio.
Niños y bebés
Los niños y bebés no necesitan tener su propia Tarjeta por estar cubierto por la de sus padres, si bien es recomendable que portemos cuanta más documentación del menor sea posible a la hora de viajar.
En definitiva, cualquier ciudadano de la Unión puede de un modo u otro tener asistencia sanitaria en los países del espacio Schengen, por lo que es recomendable que antes de viajar solicites tu Tarjeta Sanitaria Europea.